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¿Cómo Se Transformó El “Sueño De La Justicia Internacional” En Una Pesadilla Que Atormenta Al Estado Criminal?

El Dilema De La Soberanía Y El Surgimiento Del “Estado Monstruo”
En Un Mundo Que Se Tambalea Sobre Arenas Geopolíticas Movedizas, Emerge La Antigua Pero Renovada Pregunta Sobre La Naturaleza De La Justicia En El Espacio Internacional, Y Cómo El Estado De Derecho Puede Frenar Un Poder Ciego Armado Por La Ideología Y Respaldado Por Máquinas De Muerte Institucionales. El Libro Del Profesor Lawrence Douglas, Publicado Por Princeton University Press, Viene A Reformular Este Debate Central Al Desconstruir Un Concepto Que Sustancialmente Parece Contradictorio Pero Que Representa La Realidad Más Dura De La Historia Moderna, Que Es El Concepto Del Estado Criminal. Douglas No Trata En Este Masivo Volumen Meramente Con Violaciones Aisladas O Crímenes Cometidos Por Individuos Renegados Bajo La Cobertura De La Guerra; Más Bien, Dirige Su Bisturí Analítico A Los Momentos Históricos Trascendentales Cuando El Estado En Su Totalidad, Con Sus Aparatos Burocráticos, Leyes Y Sistema Ideológico, Se Transforma En Una Herramienta Para Producir Atrocidades Organizadas Y Erradicar Al Otro. Es Un Estudio Profundo En La Filosofía Del Derecho Internacional Y Su Historia Que Se Extiende A Lo Largo De Los Siglos XX Y XXI, Examinando Ese Sueño Evasivo Representado En Someter Las Soberanías Nacionales A La Lógica De La Responsabilidad Penal Global.
El Autor Comienza Su Viaje Intelectual Enfrentando El Dilema Estructural Que Ha Enfrentado A Los Teóricos Del Derecho Internacional Desde El Tratado De Westfalia, A Saber, La Inmunidad De La Soberanía Nacional Que Hizo Del Estado Una Entidad Exenta De Estigmatización Penal. Durante Muchas Décadas, La Jurisprudencia Legal Tradicional Mantuvo Que El Estado Es La Fuente Del Derecho Y, Por Lo Tanto, No Puede Ser Él Mismo Objeto De Castigo O Enjuiciamiento Judicial, Porque Cómo Se Puede Enjuiciar A Quien Posee El Derecho Exclusivo De Legislar, Castigar Y Extender El Control. Este Callejón Sin Salida Filosófico Es Lo Que Douglas Llama La Paradoja De La Justicia Internacional, Donde Los Crímenes Más Horrendos De La Historia Humana Se Vuelven Ellos Mismos Los Más Resistentes A La Rendición De Cuentas Porque Se Cometen En Nombre De La Ley Nacional Y Bajo La Bandera De La Nación. Desde Aquí, El Autor Rastrea Cómo Los Choques De Las Grandes Guerras, Específicamente La Primera Guerra Mundial Y Las Horribles Atrocidades Que La Siguieron, Obligaron A La Conciencia Global A Considerar Romper Este Anillo De Hierro, Y A Buscar Una Fórmula Legal Que Permita La Internacionalización De La Responsabilidad Penal Sin Desconstruir El Sistema Internacional Basado En Los Estados Nacionales.
La Primera Sección De La Lectura Histórica Ofrecida Por Douglas Se Centra En Los Primeros Intentos Que Siguieron A La Primera Guerra Mundial, Lanzando Una Luz Reveladora Sobre Los Esfuerzos Olvidados Y Complejos Realizados Por Las Potencias Victoriosas Para Juzgar Al Káiser Alemán Wilhelm II, Y Aquellas Extenuantes Deliberaciones Que Tuvieron Lugar Con Respecto A Las Atrocidades Cometidas Contra Los Armenios En El Imperio Otomano. El Autor Ve En Estos Intentos Embrionarios Las Semillas De Una Gran Transformación Intelectual, A Pesar De Su Fracaso Práctico Abyecto En Ese Momento Debido A La Adherencia De Los Estados Al Concepto De Soberanía Absoluta Y Su Temor A Crear Precedentes Judiciales Que Podrían Rebotar Sobre Ellos En El Futuro. Douglas Analiza Brillantemente Cómo Los Juicios De Leipzig Se Transformaron En Una Farsa Judicial Que Demostró Al Mundo Que Dejar El Juicio De Los Criminales De Guerra Al Poder Judicial Nacional Del Estado Derrotado Es Una Forma De Absurdo, Allanando Así El Camino Para El Nacimiento De Una Nueva Convicción Internacional Que Establece Que Las Atrocidades Integrales Requieren Plataformas Judiciales Que Trasciendan Las Estrechas Fronteras Nacionales.
La Tesis Del Libro Gana Profundidad Cuando Se Mueve A Estudiar La Transformación Sísmica Provocada Por La Segunda Guerra Mundial Y El Histórico Juicio De Nuremberg. Aquí, La Discusión Ya No Gira En Torno A Transgresiones Militares En El Campo De Batalla, Sino Más Bien En Torno A Una Confrontación Directa Con Lo Que Douglas Llama El Estado Monstruo, Que Estuvo Representado En La Alemania Nazi. El Nazismo Fue, En La Visión Del Autor, Una Encarnación Aterradora De La Eficiencia Del Aparato Administrativo Moderno Cuando Se Pone Al Servicio De Un Genocidio Codificado Y Sistematizado. El Crimen Allí No Era Una Violación De La Ley, Sino Que Era La Ley Misma, Y El Tribunal Militar Internacional De Nuremberg Vino A Presentar Una Respuesta Revolucionaria Sin Precedentes, Anunciando Que Los Individuos No Pueden Esconderse Detrás De Órdenes Superiores O Inmunidad Soberana Si Esos Actos Violan Los Principios Básicos De La Humanidad. Douglas Repasa Los Mismos Debates Filosóficos Que Se Libraron Detrás De Escena En Nuremberg Entre Gigantes Legales Como Robert Jackson Y Los Pensadores Que Formularon Los Conceptos De Crímenes Contra La Humanidad Y El Crimen De Genocidio, Destacando Cómo La Corte Tuvo Éxito En Crear Un Nuevo Lenguaje Legal, Aunque Al Mismo Tiempo Enfrentó El Dilema De Imponer La Justicia De Los Vencedores.
El Autor Se Pregunta Si El Sueño De La Justicia Internacional Se Ha Disipado O Transformado En Una Herramienta Política Utilizada Por Las Grandes Potencias Para Señalar A Sus Oponentes Y Juzgarlos, Mientras Que Ellas Y Sus Tigres Aliados Permanecen Inmunes A Cualquier Enjuiciamiento. A Través De La Revisión Del Registro De Los Tribunales Penales Temporales En Los Años Noventa Del Siglo Pasado, Como Los Tribunales Para La Antigua Yugoslavia Y Ruanda, Llegando Hasta El Establecimiento De La Corte Penal Internacional Permanente En La Haya, El Autor Nos Coloca Ante Un Espejo Revelador Que Refleja La Gran Brecha Entre El Idealismo Legal Y El Crudo Realismo Político. El Estado Criminal, Tal Como Lo Formula Douglas, No Es Un Fenómeno Pasajero Que Desapareció Con La Caída De Berlín, Sino Que Es Una Posibilidad Siempre Presente Cada Vez Que Las Tendencias Nacionalistas Extremas Convergen Con La Ausencia De Verdaderos Mecanismos De Disuasión Internacional.
Douglas No Se Limita A Examinar Textos Legales Y Convenciones Internacionales, Sino Que Se Sumerge Profundamente En La Filosofía Del Castigo Y En La Psicología Política De Los Regímenes Totalitarios, Demostrando Cómo El Estado Puede Transformar A Sus Ciudadanos Ordinarios En Engranajes De Una Máquina De Asesinato Masivo A Través De La Deshumanización De Las Víctimas Y Al Otorgar Un Carácter Burocrático Rutinario A Las Atrocidades. Esta Vía De Entrada Analítica Convierte Al Libro En Un Documento Esencial No Solo Para Profesionales Legales Y Científicos Políticos, Sino Para Todos Los Interesados En Comprender La Naturaleza Del Mal Político En La Era Moderna, Y Cómo La Comunidad Internacional Puede Construir Un Muro Protector Real Que Guarde El Futuro De La Humanidad Contra La Invasión De Los Estados Cuando Deciden Abandonar Sus Valores Y Convertirse En Criaturas Depredadoras Fuera De La Ley Humana Común.
De Leipzig A Nuremberg – La Infraestructura Del Derecho Ante El Mal Institucional
En Los Siguientes Capítulos De Su Obra, Lawrence Douglas Se Mueve A Un Examen Microscópico De Los Mecanismos Legales Que Intentaron Desconstruir El Concepto De “Obediencia Al Estado” Como Una Fortaleza Inexpugnable Contra El Castigo, Centrándose En La Transición Esencial Desde El Fracaso Estructural De La Fase Posterior A La Primera Guerra Mundial Hasta El Establecimiento Revolucionario Del Nuevo Sistema Legal En Nuremberg. El Autor Cree Que Comprender Esta Transición Requiere No Mirar Los Juicios Internacionales Como Eventos Aislados, Sino Más Bien Como Una Batalla Intelectual De Larga Data Sobre Quién Posee El Derecho De Definir El Crimen Político Cuando El Estado Mismo Se Convierte En El Patrocinador Del Crimen Y En Su Verdadero Ingeniero. El Autor Extiende Su Manto Analítico Sobre Los Detalles De Los Juicios De Leipzig En Alemania A Principios De Los Años Veinte Del Siglo Pasado, Donde Las Potencias Aliadas Victoriosas Concedieron A La Naciente República De Weimar El Derecho De Juzgar A Sus Oficiales Y Soldados Acusados De Cometer Atrocidades Contra Prisioneros Y Civiles, Para Demostrar Más Allá De Toda Duda Concreta Que El Poder Judicial Nacional, No Importa Cuánto Reclame Integridad, Permanece Cautivo De La Cultura Militar Y La Identidad Nacional Chovinista Del Estado, Ya Que Esos Juicios Se Transformaron En Una Herramienta Para Exonerar A Los Acusados O Concederles Sentencias Más Leves Que Despertaron La Burla De Los Observadores Internacionales Y Su Conmoción Moral.
Este Fracaso Histórico No Fue, En La Estimación De Douglas, Meramente Una Ausencia De Voluntad Política, Sino Más Bien Una Encarnación Aclaratoria Del Callejón Sin Salida Filosófico Y Legal Impuesto Por El Concepto Tradicional De Soberanía, Donde Las Leyes Internacionales Existentes En Ese Momento Carecían De Una Formulación Clara De La “Responsabilidad Penal Individual” Para Los Líderes Políticos Y Militares, Y La Defensa Clásica Representada En “Ejecutar Órdenes Superiores” Se Consideraba Suficiente Para Desviar La Culpa De Los Individuos, Siempre Que El Acto Hubiera Sido Cometido Con Base En Un Mandato Oficial De Un Estado Soberano. El Autor Explica Cómo Los Juristas Alemanes Utilizaron Este Vacío Normativo Para Argumentar Que Juzgar A Estos Oficiales Ante Tribunales Distintos De Sus Tribunales Nacionales Constituye Una Violación Del Principio De Irretroactividad De Las Leyes Penales, El Principio Que Prescribe Que No Hay Crimen Ni Castigo Excepto Por Un Texto Legal Previo. Desde Aquí, El Libro Destaca Cómo Esta Impotencia Judicial Internacional Allanó El Camino Para El Surgimiento De Regímenes Fascistas Y Nazis Que Se Dieron Cuenta De Que La Comunidad Internacional Se Mantiene Esposada Frente A Atrocidades Integrales Siempre Que Vistan Las Vestiduras De La Legitimidad Nacional Y Se Ejecuten Dentro De Fronteras Geográficas Reconocidas.
En Esta Coyuntura Decisiva, Douglas Se Sumerge En La Profundidad De La Experiencia Nazi Alemana Para Demostrar Cómo El Concepto De “Estado Criminal” Evolucionó Desde Una Mera Desviación Política Hacia Una Construcción Institucional Y Legal Completa Que Tenía Como Objetivo El Genocidio. El Nazismo No Fue Meramente Una Banda Que Se Apoderó Del Poder Y Suspendió Las Leyes, Sino Más Bien Un Sistema Que Utilizó Las Estructuras Legales Existentes, Y Desarrolló Un Nuevo Arsenal De Legislación, Como Las Leyes De Nuremberg Sobre La Ciudadanía, Para Hacer De La Discriminación, La Persecución Y El Asesinato Actos Legales E Incluso Deberes Nacionales Sagrados. El Autor Analiza Con Suprema Brillantez Esta Paradoja Aterradora: Cómo Puede La Ley, Que Fue Creada Originalmente Para Proteger El Alma Humana Y Organizar La Justicia, Ser Deformada Para Convertirse En La Principal Herramienta Burocrática Para Organizar La Muerte Y Despojar A Millones De Seres Humanos De Su Humanidad. Esta Transformación En La Naturaleza De La Nación Es Lo Que Hizo Que El Enfoque Tradicional Del Derecho Internacional Fuera Completamente Impotente, Y No Hubo Más Alternativa Que Provocar Una Gran Ruptura Epistemológica Y Legislativa Que Trascendiera Los Viejos Marcos Para Redefinir El Crimen Y El Castigo A Nivel Global.
Esta Ruptura Histórica Se Manifestó En El Tribunal Militar Internacional De Nuremberg En 1945, Al Cual Douglas Dedica Un Amplio Espacio Para El Análisis Y La Crítica, Considerándolo El Momento Voltairiano En El Cual Nació El Derecho Penal Internacional Moderno Del Vientre De Las Cenizas Y La Destrucción. Nuremberg No Fue, A Los Ojos De Autor, Meramente Una Plataforma Para La Retribución De Los Líderes Nazis Sobrevivientes, Sino Más Bien Un Gigante Laboratorio Intelectual Para Formular Nuevos Conceptos Legales Desconocidos Para La Jurisprudencia Humana Antes, Entre Los Cuales Destacaban El Crimen De Conspiración Para Librar Una Guerra De Agresión, Los Crímenes Contra La Humanidad Y El Genocidio Cuyo Término Legal Fue Acuñado Por El Jurista Polaco Raphael Lemkin. Douglas Se Centra En El Genio Filosófico Y Legal Con El Cual El Fiscal Estadounidense Robert Jackson Lideró El Juicio, Ya Que Insistió En Depender De Documentos Y Materiales Oficiales Producidos Por La Misma Burocracia Nazi, En Lugar De Depender Exclusivamente De Testimonios De Testigos Oculares, Para Privar A Los Acusados De Cualquier Capacidad De Negación, Y Revelar Ante El Mundo Cómo Las Oficinas De Los Ministerios Y Organismos Administrativos En Berlín Se Transformaron En Salas De Operaciones Para Gestionar Masacres Integrales.
Sin Embargo, Douglas No Presenta Una Lectura Hagiográfica A Crítica De Nuremberg; Más Bien, Enfrenta Con Coraje Académico Las Profundas Contradicciones Que Empañaron Esa Experiencia Única, Y Que Aún Hoy La Sombrean. El Autor Repasa En Detalle Minucioso El Dilema De La “Justicia De Los Vencedores”, Donde Potencias Internacionales Como La Unión Soviética Se Sentaron En El Banco De Juicio Para Juzgar A Los Nazis Por Crímenes Contra La Paz Y Contra La Humanidad, En El Mismo Momento En Que El Régimen Estalinista Había Cometido Horribles Masacres, Como La Masacre De Katyn Contra Oficiales Polacos, Que La Fiscalía Soviética Intentó Atribuir Al Ejército Alemán Durante El Juicio. Este Defecto Moral Y Estructural En La Composición Del Tribunal Refleja, Según La Tesis Del Libro, La Lucha Continua Y Eterna Entre La Pureza Moral De La Ley Y El Realismo Político Utilitarista Que Gobierna Las Relaciones Internacionales, Donde El Tribunal Se Vio Obligado A Pasar Por Alto Las Violaciones De Los Aliados, Incluido El Bombardeo Atómico De Hiroshima Y Nagasaki Y El Bombardeo De Ciudades Alemanas, Para Mantener La Cohesión De La Alianza Internacional Y Completar El Juicio Que Tenía La Intención De Ser Una Lección Para La Historia.
El Autor Rastrea Cómo Nuremberg Tuvo Éxito, A Pesar De Todas Sus Transgresiones, En Sentar El Principio Revolucionario Que Cambió La Cara Del Derecho Internacional Para Siempre, Que Es Que La Inmunidad Del Estado Cae Cuando Se Convierte En Una Herramienta Para Cometer Atrocidades, Y Que Los Individuos, Desde La Cima De La Pirámide Del Poder Hasta El Soldado Más Bajo Que Implementa Órdenes, Pasan A Sostener Una Responsabilidad Penal Personal De La Cual No Pueden Extricarse Ellos Mismos. Douglas Analiza Cómo Este Juicio Contribuyó A Configurar La “Declaración De Los Derechos Humanos” Y Las Convenciones De Ginebra De 1949, Considerando Que El Verdadero Legado De Nuremberg No Fue El Castigo Individual De Los Criminales, Sino Que Fue La Creación De Una Conciencia Legal Cósmica Que Ve En Las Atrocidades Cometidas Contra Cualquier Grupo Humano Un Asalto A La Conciencia Humana Colectiva En Su Totalidad, Abriendo La Puerta De Par En Par Para Un Sueño A Largo Plazo De Establecer Un Poder Judicial Internacional Permanente E Independiente, Un Sueño Que Rápidamente Chocó Con Los Gruesos Muros De La Guerra Fría, Congelándose Durante Décadas Antes De Emerger De Nuevo En Una Escena Internacional Completamente Diferente.
El Congelamiento De La Guerra Fría Y La Resurrección De Los Tribunales Temporales – Reviviendo El Sueño De Las Cenizas De Los Balcanes Y Ruanda
Lawrence Douglas Se Mueve Para Monitorear Las Largas Décadas Que Siguieron A Los Juicios De Nuremberg, Una Era Que Testificó El Ascenso De La Guerra Fría Y La Parálisis El Sistema Judicial Internacional Que Había Sido Anunciado A Mediados De Los Años Cuarenta. El Autor Analiza Con Gran Profundidad Analítica Cómo La Conciencia Legal Global Se Transformó En Un Estado De Hibernación Invernal Forzada, Donde La Confrontación Ideológica Y Geopolítica Entre Los Bloques Oriental Y Occidental Secuestró Las Ambiciones Del Derecho Penal Internacional, Y Las Naciones Unidas Y Su Consejo De Seguridad Se Transformaron En Arenas Para Resolver Cuentas Políticas Y Usar El Poder Del “Veto” En Lugar De Ser Una Herramienta Para Proteger A La Humanidad De Las Atrocidades. En Este Contexto, Douglas Clarifica Que El “Estado Criminal” No Cesó De Practicar Su Pasatiempo De Aniquilación Y Opresión Durante Esas Décadas, Sino Que Se Ocultó Detrás De La Marquesina De Protección Proporcionada Por Las Grandes Potencias A Sus Aliados, Haciendo Que Grandes Masacres Como Las Ocurridas En Camboya Bajo Los Jemeres Rojos, O Las Operaciones De Limpieza Étnica En América Latina Y África, Pasaran Sin Ninguna Responsabilidad Judicial Internacional, Como Si El Legado De Nuremberg Hubiera Sido Depositado En Museos De Historia Como Un Caso Excepcional Dictado Por Las Circunstancias De Derrotar Al Aborrecible Poder Nazi, Y No Como Una Infraestructura Sostenible Para El Nuevo Orden Mundial.
Sin Embargo, Este Obstinado Estancamiento Histórico Fue Violentamente Destrozado Al Amanecer De Los Años Noventa Del Siglo XX, Específicamente Con El Colapso Del Muro De Berlín Y La Desintegración Del Bloque Soviético, Un Evento Que Reabrió Horizontes Para La Internacionalización De La Justicia Penal, Incluso Si Eso Vino A Través De Las Puertas Del Infierno Humano Que Explotó En La Región De Los Balcanes Y En El Corazón Del Continente Africano. Douglas Dedica Un Amplio Espacio Crítico Analítico A Estudiar El Contexto Del Establecimiento Del Tribunal Penal Internacional Para La Antigua Yugoslavia En 1993, Y El Tribunal Especial Para Ruanda En 1994, Considerándolos La Declaración Oficial De La Resurrección Del “Sueño De La Justicia Internacional” De Su Lugar De Descanso. El Autor Explica Cómo La Comunidad Internacional Se Encontró A Sí Misma, Bajo La Presión De Escenas Aterradoras De Operaciones De Limpieza Étnica En Bosnia Y Herzegovina Y Las Masacres De Srebrenica, Obligada A Trascender El Estado De Parálisis Política Recurriendo Al Capítulo VII De La Carta De Las Naciones Unidas Para Establecer Tribunales Penales Mediante Resoluciones Del Consejo De Seguridad, En Un Paso Que Representó Un Precedente Legal Y Un Desafío Directo A La Soberanía Nacional De Los Estados Que Aún Insistían En Que Lo Que Estaba Ocurriendo Dentro De Sus Fronteras Caía Dentro De Su Jurisdicción Puramente Interna.
En Su Profunda Lectura Del Camino Del Tribunal Penal Internacional Para La Antigua Yugoslavia, Douglas Destaca La Forma En Que El Derecho Internacional Enfrentó El Concepto Del Estado Que Se Esconde Detrás De Sentimientos Nacionalistas Para Ejecutar Crímenes De Aniquilación. El Crimen Aquí No Fue El Producto De La Ausencia Del Estado O Del Colapso De Sus Órganos, Sino Que Más Bien Fue Impulsado Y Planificado Por Elites Políticas Y Militares En Belgrado Y Serbia, Quienes Emplearon Órganos De Propaganda Y Recursos Estatales Para Movilizar A Las Masas Hacia La Destrucción Del Otro. El Autor Analiza El Juicio Del Expresidente Yugoslavo Slobodan Milosevic Como Un Hito En La Historia Del Poder Judicial Internacional, Donde Un Exjefe De Estado Se Presentó Por Primera Primera Vez En La Historia Moderna Ante Un Tribunal Internacional Para Rendir Cuentas Por Crímenes Cometidos Durante Su Período De Gobierno. Douglas Vuelve A Desconstruir La Estrategia Defensiva Adoptada By Milosevic, La Cual Se Basó En Cuestionar La Legitimidad De La Corte Misma Y Considerarla Una Herramienta Política En Manos De Las Potencias Occidentales, Mostrando Cómo Este Largo Y Complejo Juicio Reveló Las Enormes Dificultades Logísticas Y Legales Vinculadas En Probar La “Responsabilidad Penal Por Mando” Y Vincular Altas Decisiones Políticas Emitidas En Capitales Con Crímenes De Campo Cometidos Por Soldados Y Milicias En Pueblos Y Ciudades Remotas.
Del Mismo Modo, El Análisis De Douglas Se Dirige Hacia El Continente Africano Para Tratar Con El Tribunal Penal Internacional Para Ruanda, Revisando Las Aterradoras Atrocidades De 1994 Que Testificaron La Aniquilación De Aproximadamente Un Millón De Seres Humanos De La Etnia Tutsi Dentro De Meramente Cien Días, Y Con Una Amplia Participación De Los Órganos Estatales Y De Los Ciudadanos Ordinarios Por Igual. El Autor Cree Que La Experiencia De Ruanda Ofreció Invaluables Contribuciones Jurisprudenciales Al Derecho Penal Internacional, Particularmente En El Caso De “El Fiscal C. Jean-Paul Akayesu”, Donde El Tribunal Dictaminó Por Primera Vez Que La Violencia Sexual Y La Violación Sistemática Pueden Constituir Un Componente Esencial Del Crimen De Genocidio Cuando Se Cometen Con La Intención De Destruir Total O Parcialmente A Un Grupo Étnico Específico. El Autor También Analiza El “Juicio A Los Medios De Comunicación” En Ruanda, Que Condenó A Funcionarios De Radio Y Prensa Que Incitaron Al Asesinato, Destacando Cómo El Mal Institucional Permeó Las Arterias De La Sociedad A Través De Las Herramientas Del Estado, Y Cómo El Poder Judicial Internacional, A Pesar De Su Distancia Geográfica Y La Lentitud De Sus Procedimientos, Fue Capaz De Formular Estrictos Determinantes Que Impiden El Mal Uso De La Libertad De Expresión Para Promover El Discurso De Odio Y Aniquilación.
Sin Embargo, Lawrence Douglas No Deja De Dirigir Las Flechas De Su Crítica Constructiva A Los Defectos De Estos Tribunales Temporales, Explicando Que Sufrieron Crisis Estructurales Profundas Que Casi Vuelan Su Credibilidad. Estas Crisis Se Manifestaron En El Aislamiento Geográfico Y Cultural De Aquellas Cortes De Las Sociedades Donde Existían Las Víctimas, Ya Que Los Juicios Se Llevaban A Cabo En La Haya Holandesa O En La Arusha Tanzana, Haciendo Que Las Víctimas Directas Se Sientan Alienadas De La Justicia Practicada En Su Nombre, Junto Con El Costo Financiero Exorbitante Y La Extrema Lentitud En La Emisión De Fallos Que Hizo Que Algunos Juicios Continuaran Durante Largos Años Sin Resolución. El Autor Cree Que La Lección Más Importante Que Evoluciona De La Era De Los Noventa Es Que Los Tribunales Temporales, A Pesar De Su Éxito En Construir Un Sofisticado Código Jurisprudencial Y Juzgar A Altos Líderes, Siguen Sabiendo A Soluciones Fragmentadas De Primeros Auxilios Que Siempre Llegan Después De La Ocurrencia De La Tragedia, Y Dependen Enteramente Del Consenso Político Temporal De Las Grandes Potencias En El Consejo De Seguridad, El Cual No Puede Ser Apostado Para Construir Un Sistema De Disuasión Global Permanente Capaz De Enfrentar Al “Estado Criminal” En Cualquier Momento Y En Cualquier Lugar.
Douglas Concluye Esta Sección Afirmando Que Los Tribunales Especiales Para Yugoslavia Y Ruanda Pavimentaron El Terreno Sólido, Intelectual Y Procedimentalmente, Para Moverse Hacia El Paso Más Ambicioso Y Audaz De La Historia Humana, Que Es El Intento De Institucionalizar Y Globalizar Esta Justicia A Través De La Creación De Una Corte Penal Internacional Permanente. Las Dos Experiencias Demostraron Que Romper La Inmunidad De La Soberanía Ya No Es Meramente Una Idea Utópica Suspendida En El Espacio De La Teorización Filosófica, Sino Que Se Ha Transformado En Una Práctica Judicial Real Que Posee Colmillos, Leyes Y Jueces, Y Que El Concepto De “Mal Institucional” Fabricado Por Los Estados Puede Ser Desconstruido Si Se Proporciona La Voluntad Internacional Común, Despejando Así El Camino Para La Gran Epopeya Legal Que Se Cristalizó En La Conferencia Diplomática De Roma De 1998.
La Utopía De La Corte Penal Internacional Y La Ratonera Geopolítica
Lawrence Douglas Alcanza La Cúspide Del Desarrollo Institucional Para La Justicia Global, Que Es El Establecimiento De La Corte Penal Internacional Permanente Bajo El Estatuto De Roma De 1998, El Cual Entró En Vigor En El Año 2002. El Autor Cree Que Este Evento Representó El Cruce Histórico Desde La Justicia Temporal Vinculada A La Voluntad De Las Grandes Potencias En El Consejo De Seguridad Hacia Un Poder Judicial Penal Institucionalizado, Transfronterizo Y Estructuralmente Independiente, Que Posee Jurisdicción Permanente Para Investigar Crímenes De Genocidio, Crímenes Contra La Humanidad, Crímenes De Guerra Y, Más Tarde, El Crimen De Agresión. El Autor Analiza La Elación Filosófica Y Legal Que Acompañó Al Nacimiento De Esta Corte, Donde Los Defensores De Los Derechos Humanos Creyeron Que La Humanidad Había Dado Su Gran Paso Hacia La Restricción Del Dragón De La Soberanía Nacional, Y Que El Tiempo Para El Escape Del “Estado Criminal” Del Castigo Había Ido Más Allá Del Retorno, Dado Que Se Hizo Posible Para El Fiscal De La Corte Iniciar Investigaciones De Manera Independiente Con Base En Información Confiable, Sin Esperar Una Luz Verde De Las Principales Capitales Políticas.
Sin Embargo, Este Optimismo Utópico Pronto Chocó, Como Explica Douglas Con Mucho Realismo, Con La Roca De La Geopolítica Y La Burocracia Del Poder Que Gobierna El Sistema Internacional. El Autor Desconstruye La Estructura Constitucional Del Estatuto De Roma Mostrando Cómo Las Semillas De La Debilidad Fueron Plantadas En Las Entrañas De La Corte Desde El Momento De Su Fundación, Ya Que Su Efectividad Quedó Vinculada Con La Capacidad De Los Estados Partes Para Cooperar, Dada La Falta De Un Aparato Policial O De Una Fuerza Ejecutiva Especial Propia De La Corte Para Arrestar A Los Acusados. Peor Aún, En El Análisis De Douglas, Es La Estructura Selectiva Impuesta Por La Negativa De Las Tres Grandes Potencias, Estados Unidos, China Y Rusia, A Unirse A La Corte, Creando Una Aguda Paradoja Legal Y Moral; Porque La Corte Fundada Para Ser Global Se Ha Vuelto Incapable De Extender Su Jurisdicción Sobre Los Estados Más En Posesión De Equipamientos Militares De Muerte, Los Cuales Permanecen Protegidos Ya Sea Por Su Falta De Firma O Por Su Posesión Del Poder De Veto En El Consejo De Seguridad Que Solo Posee La Autoridad Para Remitir Casos Relativos A Estados No Miembros A La Corte.
Douglas Dedica Un Capítulo Entero A Las Consecuencias De Este Desequilibrio Estructural, Centrándose En Las Agudas Críticas Dirigidas A La Corte A Lo Largo De Sus Primeras Dos Décadas, Particularmente Su Acusación De Concentrar Sus Investigaciones Y Acusaciones Casi Exclusivamente En El Continente Africano. El Autor Analiza Esta Escena Explicando Que Concentrarse En Los Líderes Y Rebeldes De África, Como Los Juicios Relacionados Con Uganda, El Congo Y Darfur En Sudán, No Fue El Resultado De Un Sesgo Racial Por Parte De La Corte Tanto Como Fue Un Reflejo De La Trampa De Impotencia En La Que Vive; Porque Los Líderes Africanos En Estados Débiles Eran Los Objetivos Más Fáciles De Enjuiciar Militar Y Políticamente, Mientras Que Los Crímenes Cometidos En Otras Zonas De Conflicto Fuera Del Continente Permanecieron Mucho Más Allá Del Alcance De La Justicia Debido A Las Marquesinas Protectoras Geopolíticas. El Autor Cree Que Esta “Justicia Selectiva” Infligió Un Grave Daño A La Legitimidad Moral De La Corte, Y La Transformó A Los Ojos De Muchos Estados Del Sur Global En Una Herramienta Para La Hegemonía Legal Occidental, En Lugar De Ser Un Refugio Cósmico Justo Para Las Víctimas Del “Estado Criminal” Dondequiera Que Estén.
La Lectura De Douglas Adquiere Un Carácter Dramático Cuando Analiza El Choque Directo Que Ocurrió Entre La Corte Penal Internacional Y Las Sucesivas Administraciones Estadounidenses, Un Choque Que El Autor Ve Como Una Encarnación Eterna De La Negativa Del “Estado Imperial” A Someterse A Cualquier Estándar Legal Externo. El Libro Repasa Cómo Esta Confrontación Alcanzó Su Cénit Cuando La Exfiscal Fatou Bensouda Intentó Abrir Una Investigación Sobre Posibles Crímenes De Guerra Cometidos Por Las Fuerzas Estadounidenses En Afganistán, Y Cómo Washington Respondió Imponiendo Sanciones Financieras Y Prohibiciones De Viaje A La Fiscal Y Al Personal Superior De La Corte, En Un Paso Sin Precedentes Que Refleja El Desprecio De La Superpotencia Por El Derecho Internacional Cuando Amenaza A Sus Miembros. Douglas Explica Que Este Choque Demostró Que El Sueño De Nuremberg Liderado Por América En La Mitad Del Siglo Pasado Tuvo A Washington Revirtiendo Sobre Él Cuando Se Transformó En Un Sistema Permanente Que Podría Alcanzar A Sus Soldados Y Funcionarios, Afirmando Que El Dilema De La Justicia Internacional Radica En El Hecho De Que Las Grandes Potencias Quieren Una Ley Aplicada A Otros Que Son Derrotados, Pero Se Niegan Categóricamente A Caer Bajo Su Peso Ellas Mismas.
El Análisis De Douglas No Se Detiene En Las Fronteras De La Crítica Política, Sino Que Se Extiende A Examinar La Eficiencia Procedimental Y Judicial De La Corte Penal Internacional, Considerando Que La Lentitud De Los Procedimientos Y El Pequeño Número De Condenas Emitidas Por Ella A Lo Largo De Largos Años Han Contribuido A Profundizar La Crisis De Confianza De Las Víctimas En Ella. El Autor Analiza Las Enormes Complejidades Legales Que Enfrenta La Fiscalía Para Reunir Pruebas Forenses En Medio De Conflictos Furiosos, Particularmente Cuando Los Gobiernos Locales Se Niegan A Facilitar La Entrada De Investigadores O Se Dedican A Oscurecer Las Características De Los Crímenes. El “Estado Criminal” En La Era Actual, Como Lo Describe Douglas, Se Ha Vuelto Más Habilidoso Para Esconder Sus Rastros, Empleando Contra-Propaganda Y Ocultando Información, Haciendo Que El Trabajo Judicial Internacional Sea Más Similar A Un Intento De Caminar En Un Campo De Minas Legal Y Político Sin Fin, Y Forzando A La Corte A Entrar En Complejos Pactos Políticos Que Podrían Terminar Dando Concesiones Que Tocan La Esencia De La Justicia Con El Fin De Asegurar Una Línea Base Mínima De Cooperación Procedimental.
El Autor Termina Esta Sección Involucrándose Con Los Grandes Cambios Atestiguados Por La Escena Internacional En Años Recientes, Incluido El Regreso De Grandes Guerras Y Conflictos Entre Estados, Y La Emisión Por Parte De La Corte De Órdenes De Arresto Contra Altos Líderes Estatales Que Gozan De Una Enorme Influencia Nuclear Y Geopolítica. Douglas Cree Que Estos Pasos Audaces, Aunque Restauran El Prestigio Moral De La Corte Y Demuestran Su Falta De Temor Al Enfrentar A Los Poderosos, Colocan A Todo El Sistema Judicial Internacional Ante Una Prueba Existencial Sin Precedentes; Porque O Bien Estas Órdenes Y Persecuciones Tienen Éxito En Crear Una Disuasión Real Que Moldee De Nuevo El Comportamiento De Los Estados, O Bien Revelarán Finalmente La Impotencia Del Derecho Internacional Frente Al Poder Desnudo, Lo Cual Puede Llevar Al Colapso Del “Sueño De La Justicia Internacional” Y Al Regreso Del Mundo A La Ley Absoluta De La Selva Donde El Poderoso Sostiene El Pleno Derecho De Dar Forma A La Verdad Y Castigar Al Débil Sin Ninguna Responsabilidad O Supervisión.
Desconstruyendo La Soberanía Digital Y El Horizonte De La Justicia Internacional En La Era De La Liquidez Geopolítica
Lawrence Douglas Se Vuelve En Los Capítulos Conclusivos De Su Obra Hacia La Anticipación Del Futuro, Planteando La Pregunta Filosófica Más Urgente: ¿Dónde Se Encuentra El Sueño De La Justicia Internacional Hoy A La Luz De Un Mundo Que Se Aleja Rápidamente De La Unipolaridad, Y Se Desliza Hacia Un Pluralismo Feroz Caracterizado Por Alianzas Líquidas Y Un Compromiso Decreciente Con Los Acuerdos Multilaterales? El Autor Cree Que El Concepto Del “Estado Criminal” Ya No Se Limita A Las Formas Clásicas De Los Regímenes Totalitarios Atestiguados En El Siglo XX, Sino Que Evoluciona Y Se Fusiona Con Las Estructuras Tecnológicas Modernas Y La Era De La Información Inteligente. Las Atrocidades Ya No Necesitan Constantemente De Columnas De Tanques O Campos De Concentración Visibles A Simple Vista, Sino Que El Estado Se Ha Vuelto Capable De Practicar La Destrucción Sistemática A Través Del Ciberespacio, Y A Través De Algoritmos De Vigilancia Integral, Guerras Híbridas Y El Empleo De La Inteligencia Artificial Para Dirigir Ataques, Liquidar Oponentes Y Perseguir Minorías, Colocando Al Derecho Penal Internacional Frente A Un Desafío Existencial Relacionado Con Cómo Adaptar Textos Legales Formulados En La Era De Las Guerras Mecánicas Para Alcanzar Crímenes Cometidos A Través De Pantallas De Computadora Y Servidores De Datos En La Nube Que Cruzan Continentes.
El Autor Analiza, Explicando Que La Tecnología, Por Mucho Que Haya Concedido A Las Víctimas Y A Las Organizaciones De Derechos Herramientas Sin Precedentes Para Documentar Crímenes A Través De Teléfonos Móviles, Imágenes De Satélite Y Análisis De Datos Abiertos, Ha Proporcionado En Cambio A Los Estados Renegados Un Arsenal Desarrollado Para Negar Las Realidades Y Falsificar La Conciencia Colectiva A Través De Técnicas De Falsificaciones Profundas Y La Enorme Entrada De Información Engañosa Que Borra La Línea Que Separa Al Torturador De La Víctima. Douglas Señala Que Esta “Negación Digital Sistemática” Representa La Fase Más Reciente Del Mal Institucional, Donde El Estado Busca Destruir El Concepto De Verdad Judicial Mismo, Haciendo Que La Tarea De La Fiscalía Internacional Para Construir Casos Cohesivos Requiera Un Nuevo Tipo De Expertos E Investigadores Capaces De Descodificar Crímenes Virtuales Y Probar La Responsabilidad De Mando A Distancia, Imponiendo Cargas Financieras Y Técnicas Masivas Sobre Los Hombros De Las Instituciones Judiciales Internacionales Que Sufren Originalmente De Escasez De Recursos Y Un Continuo Ajuste Político.
Al Exhibir Su Resumen De La Tesis Filosófica Central Del Libro, Douglas Regresa A Debatir La Tensión Eterna Entre La Justicia Y La Paz, Considerando Que La Insistencia En El Enjuiciamiento Penal De Los Líderes Estatales Durante La Continuación De Los Conflictos Puede Formar En Algunos Contextos Un Dilema Político Y Moral Altamente Complejo. Por Un Lado, La Conciencia Humana Exige El Juicio De Los Criminales Y No Concederles Ninguna Inmunidad, Y Por Otro Lado, Las Órdenes De Arresto Internacionales Pueden Llevar A Conducir A Estos Líderes Hacia El Aferramiento Al Poder Hasta El Último Aliento Y Escalar La Intensidad De La Violencia, Debido A La Ausencia De Cualquier Salida Política O Refugio Seguro Para Ellos, Lo Que Significa Que El Precio Directo De La Justicia Puede Ser El Sangrado Continuo De Sangre Entre Los Civiles. El Autor No Proporciona Una Respuesta Simplista A Este Dilema, Sino Que Invita A La Necesidad De Formular Un Enfoque Realista Flexible Que Case El Rigor Legal Y La Diplomacia Preventiva, Afirmando Que La Justicia No Debe Ser Una Herramienta Para Interrumpir La Paz, Sino Que Debe Ser Entendida Como Una Condición Esencial Para Construir Una Paz Estable Y Duradera Que No Se Base En Enterrar Los Crímenes Y Posponer Su Explosión Futura.
Douglas Trata Después De Eso Con Los Marcos Alternativos Que Han Comenzado A Emerger En Años Recientes Para Compensar La Impotencia De La Corte Penal Internacional, Entre Los Cuales Destaca La Activación Del Principio De “Jurisdicción Universal” Por Parte De Tribunales Nacionales En Algunos Estados Europeos E Independientes. El Autor Analiza Con Mucho Optimismo Cauto Cómo Tribunales Locales En Estados Como Alemania, Suecia Y Francia Fueron Capaces De Juzgar Y Condenar A Individuos Acusados De Cometer Crímenes De Tortura Y Crímenes Contra La Humanidad En Conflictos En Medio Oriente Y África, Con Base En La Presencia De Los Acusados O De Las Víctimas En Sus Territorios. El Autor Ve En Esta Orientación Un Verdadero Faro De Esperanza Que Redistribuye La Carga De La Responsabilidad Penal, Y Transforma Los Tribunales Nacionales En Engranajes De Una Red Global Integrada Para Implementar El Derecho Humanitario, Reduciendo La Capacidad De Los Criminales Para Esconderse Detrás De Las Fronteras Nacionales Y Haciendo Del Mundo Un Lugar Que Se Estrecha Gradualmente Sobre Aquellos Que Creen Que La Inmunidad De Sus Posiciones O El Cambio En El Equilibrio Del Poder Los Protegerá Del Castigo A Lo Largo De La Vida.
Sin Embargo, Douglas No Deja De Advertir Contra Los Peligros Inherentes A Depender Demasiado De La Jurisdicción Universal, Demostrando Que Puede Transformarse Ella Misma En Un Arena Para La Politización Y El Chantaje Legal Mutuo Entre Estados, Donde Algunos Regímenes Poderosos Pueden Buscar Emitir Órdenes De Arresto Maliciosas Contra Funcionarios De Otros Estados Como Una Herramienta Para La Presión Política O Diplomática, Llevando A Un Caos Judicial Internacional Que Debilita El Prestigio Del Verdadero Derecho Penal. Desde Aquí, El Libro Enfatiza Que La Solución Óptima Radica Constantemente En Fortalecer Las Instituciones Internacionales Existentes, Y Reformar La Estructura De Las Naciones Unidas Y Del Consejo De Seguridad A Través De La Restricción Del Uso Del Poder De Veto En Casos De Genocidio Y Atrocidades Integrales, Una Demanda Largamente Expresada Por Los Estados Pequeños Y Las Organizaciones De Derechos, Pero Que Enfrenta El Rechazo Decidido De Las Potencias Dominantes Que Aún Se Aferran A Los Privilegios De La Era Posterior A La Segunda Guerra Mundial Y Los Consideran Una Línea Roja Que No Se Puede Tocar.
Lawrence Douglas Concluye Su Libro “El Estado Criminal: Guerra, Atrocidad Y El Sueño De La Justicia Internacional” Con Una Elegía Intelectual Que Combina El Pesimismo De La Mente Y El Optimismo De La Voluntad; Porque Admite Que El Camino Hacia Una Comunidad Internacional Gobernada Completamente Por El Estado De Derecho Permanece Largo Y Espinoso, Y Que El “Sueño De La Justicia Internacional” Puede Pasar Por Períodos De Recaída Y Retirada Frente Al Ascenso De Tendencias Populistas Y Nacionalistas Extremas Que Desestiman Las Instituciones Internacionales. Pero Afirma Al Mismo Tiempo Que Este Sueño, Desde Que Fue Formulado En Nuremberg Y Enraizado En Las Mentes De Las Sucesivas Generaciones, Se Ha Transformado En Una Realidad Normativa Imposible De Borrar De La Conciencia Humana. El Juicio De Los Estados Y De Sus Funcionarios Ya No Es Meramente Una Idea Fantaseosa En Las Entrañas De Los Libros Filosóficos, Sino Que Se Ha Convertido En Una Práctica Ante La Cual Los Tiranos Tiemblan Y Hacia La Cual Los Oprimidos Se Inclinan, Y Mientras Haya Víctimas Que Exijan Justicia Y Juristas Que Defiendan La Dignidad Del Hombre, La Batalla Contra El “Estado Monstruo” Continuará, Y La Ley Permanecerá, A Pesar De Todos Sus Defectos Y Fracturas, Como La Herramienta Más Fina Ideada Por La Humanidad Para Domar El Poder Desnudo Y Transformar La Esperanza De La Justicia En Una Realidad Tangible Que Proteja El Futuro De La Civilización Humana.

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